Ley Karin: UdeC avanza en sanción de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo
Crédito: Esteban Paredes Drake – DirCom UdeC
La ley N° 21.643 (Ley Karin), modifica el código del trabajo en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia del trabajo. La Universidad de Concepción modificó sus protocolos ya establecidos, buscando beneficiar a trabajadoras y trabajadores.
Con la entrada en vigor de la Ley 21.643 es obligatorio para las instituciones implementar un procedimiento que establece con claridad los plazos de las distintas etapas, luego de la denuncia de un trabajador o trabajadora. La Universidad de Concepción cuenta con ello desde 2019 como parte “del ejercicio proactivo de la Universidad de avanzar en el resguardo de los derechos laborales y fundamentales de las personas, que se ven alterados, dañados o amenazados con la figura de acoso laboral” declaró la Directora de Personal, Cecilia Saavedra Valenzuela, confirmando que si fue necesario ajustar este protocolo a los nuevos contenidos de la ley.
De esta manera, explicó, “buscamos hacernos cargo de una figura que no estaba considerada en el Código del Trabajo, pero que igualmente deriva de la obligación de seguridad que pesa sobre el empleador, en que es su deber mantener ambientes de trabajo dignos y libres de violencia”. El trabajo, entonces, se concentró en elaborar los dos instrumentos normativos que exige la ley: el Protocolo de prevención de acoso laboral y violencia en el trabajo y el procedimiento de investigación de denuncias de acoso laboral y violencia en el trabajo, teniendo como base las herramientas de las que la Universidad ya disponía.
“El protocolo de prevención tiene toda una mirada desde la perspectiva de los riesgos psicosociales y el impacto de las figuras de acoso laboral y violencia en el trabajo como riesgos y potenciales atentados a elementos de la salud mental”, ahondó Saavedra, resaltando los beneficios que trae esta ley, identificándola como una garantía para el trabajador o trabajadora que se siente vulnerado o siente víctima de acoso laboral o violencia en el trabajo, “al establecer con absoluta claridad cuál es el procedimiento, cuáles son los plazos, cuáles son las etapas y la ritualidad completa del mismo”.
La Universidad ha implementado diversas iniciativas para ajustar sus protocolos a la entrada en vigencia de la Ley Karin. En particular, desde la Dirección de Equidad de Género y Diversidad Sexual (Degyd), “estamos en proceso de actualización del Protocolo de Actuación que sanciona conductas de acoso sexual, violencia y discriminación por razón de género. En este proceso, la nueva propuesta busca alinearse con la normativa nacional vigente, la cual incluye la Ley Karin” explicó la Directora de la Degyd, Tammy Pustilnick Arditi. De esta manera buscan asegurar que las normas, plazos y procedimientos se ajusten a lo exigido por la nueva normativa, en lo que a conductas de acoso sexual laboral se refiere.
Procedimientos para abordar, investigar y sancionar el acoso laboral y sexual
En caso de sufrir acoso laboral, «la denuncia puede ser presentada en forma escrita entregado a la Dirección de Personal, en cuyo caso, a través del timbre, se deja el registro, la constancia y la fecha de recepción”, explicó Saavedra, dejando claro que también puede ser recibida por correo electrónico. A través de “mis servicios online” en la intranet institucional, todo trabajador universitario puede acceder a la herramienta de denuncia.
La ley contempla la posibilidad de interponer la denuncia en forma verbal, «en cuyo caso la persona debe manifestar aquello en la Dirper, de manera que se le coordine inmediatamente una entrevista con las profesionales que correspondan”, instruyó su Directora. De esta forma se puede levantar un acta que formaliza el procedimiento.
Por su parte, Degyd puso a disposición de la comunidad el portal de denuncia (https://degyd.udec.cl/quieres-denunciar/) donde se pueden ingresar los procedimientos que tienen relación con esta dirección: acoso sexual, violencia sexual, violencia de género y discriminación por género. Además, destacan, recientemente realizaron un trabajo conjunto al equipo Siac de la Dirección de Desarrollo Estratégico y la Fiscalía UdeC para optimizar la gestión de casos, reducir tiempos de respuesta y proporcionar un seguimiento detallado y transparente a los denunciantes.
La Universidad cuenta con un Protocolo de Actuación específico para investigar y sancionar el acoso sexual. “Este protocolo se aplica a todas las denuncias de acoso sexual cuando tanto la persona denunciante como la persona denunciada, son parte de la comunidad UdeC y, para lo que este caso refiere, trabajadoras y trabajadores de la Universidad”, detalló Pustilnick.
“Nos interesa que las personas se sientan con la tranquilidad y la garantía de que sus denuncias van a ser atendidas en forma oportuna, que se van a llevar los resguardos que corresponde, que el procedimiento va a respetarse”, planteó Cecilia Saavedra, remarcando que el trabajador o la trabajadora universitaria tiene derecho a interponer su denuncia directamente en la Dirección del Trabajo. “La Universidad de Concepción, en su carácter de entidad empleadora, puede decidir investigar internamente una denuncia o derivarla en la inspección del trabajo”, explicó, declarando que existe la voluntad, convicción y disposición para buscar el máximo resguardo de los derechos de las personas trabajadoras.
Todos los documentos están publicados en la web de la Dirección de Personal y, además, fueron enviados a través de correos masivos a la comunidad universitaria. Además, Dirper se encuentra realizando reuniones y talleres con distintas reparticiones universitarias, para acercar a la comunidad a estos contenidos.
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