Sellos de advertencia en alcoholes: “El formato ha sido efectivo en educar a la población”
Crédito: César Arroyo Muñoz
La académica Elisa Capurro se refirió a la normativa que comenzará a regir en 2024 y que incorporará advertencias sobre las consecuencias negativas del consumo de alcohol y los grupos de riesgo, como embarazadas y menores de edad.
En julio de 2024 las bebidas alcohólicas deberán incorporar los ya conocidos “sellos de advertencia”, como parte de la implementación de la Ley 21.363, que regula la comercialización y publicidad de estas.
En este caso, se trata de una serie de condiciones a las que deberán ceñirse los productos destinados a su venta en Chile en lo que se refiere a advertencias sobre las consecuencias de su consumo nocivo, así como grupos de riesgo en los cuales el alcohol es perjudicial.
En concreto, se deberá incorporar sellos con advertencias, de color blanco y negro, conformadas por un rectángulo, compuesto por tres símbolos octagonales con un automóvil, el número 18 (por la prohibición de venta a menores de edad) y una mujer embarazada con la advertencia “El consumo nocivo de alcohol daña tu salud”. Asimismo, se incorpora en el reglamento la obligación de indicar el valor energético expresado en kilocalorías, por cada 100 mililitros de producto.
La académica del Departamento de Nutrición y Dietética, Elisa Capurro Jerez, dijo que esta nueva Ley es diferente al etiquetado en alimentos, pues no se evalúa el contenido nutricional de las bebidas alcohólicas, pero el uso de sellos similares se explica porque “se ha visto en estudios que el formato de ‘alto en’ ha sido efectivo para educar a la población y entregar información para que las personas puedan elegir lo que quieren o no consumir”.
Mejores decisiones
La política de sellos de advertencia se implementó en 2016 y ha sido replicada en países como México, Israel y Argentina. Su éxito ha sido probado en investigaciones como la que publicó FAO en conjunto con la Universidad de Chile en 2021 y no solo tiene que ver con los cambios de comportamiento personales, sino que con los de la industria.
“En ese estudio se evaluó la composición de los productos antes y después de la Ley y se dio cuenta que al menos el 15% de los alimentos se reformularon para ser más saludables”, indicó Capurro.
Las empresas, explicó la investigadora, “se dieron cuenta de que el Estado debe velar en primera opción por las personas e incorporaron la nueva normativa. Al principio hubo temores de que la nueva Ley produjera una subida en los costos, pero eso no ocurrió”.
Con esa experiencia, la investigadora cree que la nueva regulación de etiquetado en alcoholes podrá ayudar a los consumidores a tomar mejores decisiones. Sobre todo a las y los más jóvenes.
La profesional asegura que esta política podría tener mayor efecto entre adolescentes, quienes a pesar de tener prohibida la venta de alcoholes, igual lo consumen. “Hasta ahora era optativo que los alcoholes tuvieran advertencias, con esto se obliga y puede educar en cuanto a los riesgos. El Estado tiene el deber de hacer promoción y, en este caso, también de advertir a la población sobre los riesgos de un determinado consumo”.
Para la Nutricionista, la nueva Ley tiene muchos parecidos a la que existe para la publicidad y comercialización del tabaco. En ese sentido, señaló que sería importante ver la evidencia que han tenido las medidas que limitan su publicidad y advierten sobre sus riesgos.
“Se ha comprobado que la Ley del tabaco ha tenido efecto. El problema es que no podemos decir qué aspecto en particular produce esta baja en el consumo, que fue casi de un 10% entre la población de15 a 65 años”.
Por ello, aboga por un trabajo integral para la prevención, en el que los propios consumidores debieran tener un rol más activo. “Es nuestro deber como consumidores fiscalizar que se cumpla la ley y hacer las denuncias cuando no se cumple, porque por muchos fiscalizadores que existan nunca van a abarcar a todos los comercios”, dijo.
Otras consideraciones del rotulado que se implementará en 2024 es que el tamaño mínimo de la advertencia debe ser de al menos el 15% de la superficie de la cara o etiqueta posterior del envase, caja o embalaje, además de estar visible en los puntos de venta. La disposición legal también prohíbe cualquier forma de publicidad destinada a menores de edad, así como la promoción en actividades deportivas.
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