Crédito: Archivo
“Por estos días, nos encontramos en una etapa avanzada en dos aspectos que resultan cruciales para la conformación del sistema de educación superior: los aranceles regulados y los criterios y estándares de acreditación”, señala el Rector Saavedra en su columna.
La Ley de Educación Superior 21.091 establece trece principios orientadores, uno de los cuales es la calidad. Sobre este principio, indica que las instituciones deberán colocar en el centro a los estudiantes y sus aprendizajes, así como la generación de conocimiento e innovación relacionadas con este proceso.
Por estos días, nos encontramos en una etapa avanzada en dos aspectos que resultan cruciales para la conformación del sistema de educación superior, según la ley mencionada: los aranceles regulados y los criterios y estándares de acreditación, definidos por la Subsecretaria de Educación Superior y la Comisión Nacional de Acreditación, respectivamente.
En las bases técnicas, establecidas por la Subsecretaría y orientadas a determinar los aranceles regulados, las instituciones de educación superior no tuvieron un espacio efectivo para opinar y sugerir elementos esenciales en la construcción del modelo de arancel de gratuidad básico. Esto ha impedido proponer un mínimo de recursos para impartir un programa o carrera con un cierto nivel de calidad, que no ha sido definido en la propuesta actual de arancel regulado. De hecho, considerando el bajo valor de los aranceles base fijados para algunas carreras, estos estándares de calidad parecen ser ostensiblemente inferiores a los de aquellas universidades que integran el Cruch.
El requerimiento de datos históricos que ejecutó la Subsecretaría para financiar carreras consideró únicamente los costos vinculados de manera directa a docencia. Esto implica que los valores reconocidos se disocian de modo expreso de las actividades de generación de conocimiento, innovación y de vinculación. La forma de calcular los aranceles regulados elimina prácticamente todos los costos diferenciales que genera la mejor calidad del proceso educativo, al establecer un valor similar para todas las carreras, con un diferencial de 3% entre acreditación avanzada y de excelencia, con una diferencia máxima de un 5% entre acreditación básica y de excelencia.
Columna de opinión publicada originalmente en La Tercera.
Columnista(s)
Dr. Carlos Saavedra Rubilar
Rector
Universidad de Concepción
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