Académicos UdeC participan en libro sobre efectos laborales durante la emergencia sanitaria
Crédito: Dirección de Comunicaciones UdeC
Los docentes Álvaro Domínguez y Diego Rosas se desempeñaron como coordinadores del extenso libro, que recopila 22 trabajos de académicos(as) de distintas casas de estudios, el cual fue realizado por el D. de Derecho Laboral UdeC.
Derecho del Trabajo y los efectos laborales de la crisis y emergencia sanitaria en Chile es el nombre de la obra colectiva que agrupa trabajos de investigación y ensayos académicos, la cual está enfocada en los efectos jurídicos de la pandemia en las relaciones de trabajo; observando, debatiendo y problematizando los cambios y vicisitudes que ha generado la emergencia sanitaria por Covid-19 en el mundo del trabajo y su regulación en nuestro país.
El escrito recopila 22 trabajos de académicos y académicas de distintas casas de estudios, a fin de exponer visiones y problemáticas sobre el Derecho del Trabajo y los efectos laborales de la crisis y emergencia sanitaria en Chile, y cuya coordinación recayó en los académicos Álvaro Domínguez Montoya y Diego Rosas Bertin, quienes se desempeñan en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Concepción.
Consultado sobre la motivación que dan origen al libro, Diego Rosas, quien trabaja en el Departamento de Derecho Laboral de la nombrada dependencia universitaria, comenta que aquella «nace de los distintos desafíos jurídicos que para el Derecho del Trabajo trajo la pandemia de la Covid-19».
El profesional explica que a partir del 18 de marzo, fecha en el que se decreta el Estado de Excepción Constitucional vigente hasta hoy, no existía absoluta claridad sobre el cómo debía enfrentarse la situación de pandemia desde el punto de vista de los trabajadores, lo que llevó a la búsqueda de soluciones a partir de las pocas herramientas que entregaba el ordenamiento jurídico, y luego, ante la respuesta del Ejecutivo y del Parlamento, se fueron generando nuevas dudas sobre el sentido y alcance de esta nueva reglamentación de emergencia que se fue incorporando.
Dentro de esta reglamentación, destaca a la Ley de Protección al Empleo —con todas sus modificaciones— y la regulación del teletrabajo de forma más integral en el Código del Trabajo. «Ante todas esas dudas que se fueron planteando, nuestra idea fue la de intentar otorgar soluciones a esas nuevas circunstancias que se presentaron y poder dilucidar el sentido y alcance de las instituciones —antiguas y nuevas— y si ellas daban solución a la situación laboral actual», complementa Rosas.
Cabe destacar que en el texto participan 22 profesores/as de Derecho, principalmente de Derecho Laboral, pero también de Derecho Civil y Administrativo de diversas universidades nacionales, quienes abordan las distintas aristas que la emergencia sanitaria implica para el Derecho del Trabajo, desde perspectivas generales como el cambio en los modelos laborales, problemas de responsabilidad del empleador, seguridad en el trabajo, regulación del teletrabajo, situación de crisis en las empresas, entre otros; pero siempre también desde la perspectiva de cómo tales circunstancias han afectado a las relaciones laborales.
Cambio de paradigma
La regulación del teletrabajo en Chile es un asunto que se venía discutiendo hace tiempo y no tenía grandes avances desde el punto de vista legislativo. Hasta este año, «el Código del Trabajo dedicaba solo un par de frases en que reconocía la existencia de trabajo a distancia, pero no establecía un estatuto completo para dicha forma de trabajo, la que quedaba entregada a la voluntad de las partes al momento de desarrollarla», expresa Rosas.
Cuando se dicta la Ley de Teletrabajo «se incorpora un estatuto más completo, pero no exento de críticas y de dudas en su implementación, pues si bien la norma fue dictada en un contexto de emergencia, la regulación que contiene está pensada para tiempos normales, en que las partes deciden el uso permanente de dicho mecanismo como la forma de prestar servicios y no como un mecanismo excepcional producto de las restricciones de movilidad. Dicha situación ha implicado que muchas hipótesis de trabajo a distancia o teletrabajo no queden cubiertas en un cien por ciento por la regulación actual o se puedan generar algunas circunstancias de duda en la aplicación de la norma», complementa el docente.
Sin perjuicio de lo anterior, desde el punto de vista de las relaciones laborales, añade Rosas, se ha generado un cambio importante en algunos sectores laborales como los servicios o la educación, donde «los trabajadores hemos tenido que adaptarnos para un entorno distinto de trabajo, haciendo de los medios telemáticos la principal forma de prestación de servicios, lo que ha impactado fuertemente en aspectos como las responsabilidades parentales, la conciliación entre la vida personal y familiar, la capacitación de los trabajadores y la salud mental, entre otros».
El académico suscribe a la idea de que el teletrabajo llegó para quedarse, pero que con el paso del tiempo deberán revisarse si las medidas establecidas en la regulación son suficientes o deben buscarse adecuaciones y mejoras en el modelo para «poder asegurar, de la mejor forma posible, el cumplimiento efectivo de los derechos laborales de trabajadores y trabajadoras«, concluye.
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