Académica UdeC participó en análisis de propuesta constitucional en materia ambiental
Crédito: Gustavo Sánchez | Unsplash
La docente UdeC y directora del Programa en Derecho, Ambiente y Cambio Climático advirtió que en el aspecto ambiental la propuesta constitucional presenta retrocesos ante los avances realizados por el país en la materia, con especial preocupación sobre justicia ambiental y compensabilidad de cargas públicas.
Una revisión crítica en materia ambiental y de aguas publicó la revista Eco-reflexiones del Programa en Derecho, Ambiente y Cambio Climático (DAAC) de la Universidad de Concepción, en torno a la propuesta del Consejo Constitucional que será sometida a votación el 17 de diciembre.
En el equipo que redactó este análisis figura la académica de la Facultad de Ciencias Jurídica y Sociales UdeC y Directora del Programa DACC, Dra. Verónica Delgado Schneider. Junto a la Dra. Dominique Hervé Espejo y el Dr. Matías Guiloff Titiun, de la Universidad Diego Portales, las personas autoras efectuaron un examen detallado de las disposiciones propuestas, ponderando los aspectos positivos y deficiencias del documento entregado por el Consejo Constitucional.
Para la Dra. Verónica Delgado, las fortalezas detectadas en la Propuesta Constitucional no son suficientes para rescatar los aspectos que se consideran negativos del texto. La negación explícita del desarrollo económico sostenible, la regresión en estándares de protección y la posibilidad de volver inconstitucionales normas ambientales existentes son los puntos críticos sobre los que recomienda una atención particular a la hora de emitir el voto.
“Esta propuesta constitucional no puede aceptarse por ser regresiva, es decir, implica un retroceso en la protección ambiental, al bajar injustificadamente los estándares que ya el país se había dado, democráticamente, mediante acuerdos internacionales y recientes leyes para intentar hacer frente a la triple crisis que nos afecta –de contaminación, pérdida de biodiversidad y climática”, afirmó la abogada experta en Derecho Ambiental.
El análisis, agregó la Dra. Delgado, considera una revisión más allá de la mera comparación con la Constitución de 1980, “pues muchos vacíos han sido llenados mediante tratados internacionales y con recientes leyes, modernas desde el punto de vista ambiental y ecológico”. Como ejemplos, cita la Convención Marco de Cambio Climático y la Convención de Biodiversidad, el Tratado de Escazú, la Ley Marco de Cambio Climático de 2022 y la Ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, promulgada en 2023.
Omisión del desarrollo económico sostenible
Uno de los elementos centrales del análisis es la importancia de comprender el impacto potencial de la propuesta constitucional en el desarrollo sostenible del país. Al respecto, la académica de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales consideró como un “grave error” la consideración de que exista “un desarrollo económico no sustentable”, quedando de manifiesto en el título del capítulo XVI: “Protección del medio ambiente, sustentabilidad y desarrollo”.
“El propio título del capítulo separa ambos conceptos, tratándolo como cuestiones independientes, lo que sin duda influirá en la interpretación de todas las normas del capítulo”, señaló la experta.
En este marco, enfatizó que la omisión explícita del concepto de desarrollo sostenible contraría los compromisos internacionales adquiridos por Chile y la legislación nacional vigente, lo que haría perder a nuestro país décadas de logros en esta área. «El texto no solo no reconoce que nuestro propósito debe ser lograr el desarrollo sostenible, sino que a propósito se quiso distinguir dos conceptos que ya no se pueden separar. Esto es realmente regresivo», expresó la Dra. Verónica Delgado.
Por ello, advirtió que la falta de abordaje adecuado de la protección el medio ambiente en una eventual nueva Constitución daría la chance a “retroceder en todo lo avanzado cada vez que tengamos problemas económicos. Todos queremos que al país le vaya bien, pero no puede ser a costa del medio ambiente y las personas. Debemos preocuparnos de la vida y salud de los que hoy estamos en Chile y de los que vendrán”.
En los avances que son reconocidos dentro de la propuesta está el capítulo especial dedicado a medio ambiente. Su inclusión, según la Dra. Delgado, es un avance necesario que refleja la importancia de la materia. Sin embargo, señaló que el análisis de las normas arroja que “el avance en la protección ambiental es mínimo: hay normas que no deberían estar en una Constitución, sino en una ley”.
Otro aspecto que destaca sobre el informe la experta en Derecho Ambiental es la falta de mención explícita de la justicia ambiental en la propuesta. Esta ausencia, según ella, profundiza los desequilibrios reconocidos en la Constitución de 1980.
“Este modelo ha fortalecido la protección de los derechos de propiedad privada y el desarrollo económico por sobre la protección del medio ambiente, y no ha permitido un equilibrio en la distribución de las cargas y costos ambientales que se generan a partir de este modelo”, explicó.
La compensabilidad de cargas públicas es otro punto de preocupación para la Dra. Delgado y las personas coautoras del análisis. Esta norma, ausente en la Constitución en vigencia, habilita al Estado a indemnizar a un privado que se perciba afectado en el caso de someterse a medidas de protección al medio ambiente que le generen costos o limitaciones. Esto es en el caso de que el privado considere que dicha carga pública sea discriminatoria, desproporcionada o de alcance retroactivo.
La académica aseguró que la norma es “peligrosa”, ya que su implementación requeriría de una ley sujeta a “interpretaciones amplísimas”.
“En lo esencial, aunque existe jurisprudencia y doctrina constitucional que propone una noción más acotadas, un privado podría argumentar que cualquier obligación legal que no ha contraído por su propia voluntad, es una carga pública”, detalló. Además, añadió esta norma sería perjudicial para la construcción de regulaciones en el futuro, haciendo “más costosa” la protección del medio ambiente”.
“En la práctica de la política ambiental de Chile, esta norma va a hacer más o menos costosa la dictación de nuevas regulaciones ambientales o la actualización de las existentes, en la medida que éstas siempre podrán ser consideradas como cargas públicas y perfectamente podrá argumentarse que estas reúnen alguno de los tres caracteres que hacen procedente el otorgamiento de una indemnización”, aseguró.
Por ello, la Dra. Verónica Delgado aseguró que el trabajo realizado junto a académicos de la UDP apunta a “que todos los que debemos votar este 17 de diciembre estemos debidamente informados en materia ambiental. Que las personas sepan que significa que una Constitución sea ambiental, habilitadora de la protección que las personas y los ecosistemas. Frente a la megasequía, los megaincendios forestales, las crecidas, las inundaciones, etc, y lo que vendrá”.
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